Aprueban disposiciones y formularios para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras del Ejercicio Gravable 2011
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 289-2011/SUNAT
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 289-2011/SUNAT
Aprueban Disposiciones y Formularios para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta y del Impuesto a las Transacciones Financieras del Ejercicio Gravable 2011.
Norma publicada: Resolución de Superintendencia N° 289-2011/SUNAT
Fecha publicación: 21.12.2011
Fecha de vigencia: 22.12.2011
Es de comentarles que el día de hoy 21.12.11, se ha publicado la Resolución de Superintendencia Nº 289-2011/SUNAT, en el cual se expone la normativa referente al cumplimiento de la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta por el periodo 2011.
Sobre el tema, es de resaltar los siguientes puntos:
1. Formularios aprobados
a. PDT Nº 669 Renta Anual 2011 - Persona Natural - Otras rentas (rentas de primera categoría, rentas de segunda categoría originadas en la enajenación de los bienes a que se refiere el inciso a) del artículo 2° de la Ley, rentas del trabajo y rentas de fuente extranjera). El presente PDT, estará disponible a través de SUNAT Virtual partir del 02 de enero 2012.
b. Formulario Virtual Nº 669 - Simplificado Renta Anual 2011 - Persona Natural (rentas de primera categoría y rentas del trabajo). El presnete PDT, estará disponible a través de SUNAT Virtual partir del 15 de febrero de 2012.
c. PDT Nº 670 Renta Anual 2011 - Tercera Categoría e ITF. El presente PDT, estará disponible a través de SUNAT Virtual partir del 02 de enero 2012.
2. Lugares para la presentación de la DJmediante los PDT N.os 669 y 670; y efectuar el pago de regularización del Impuesto y del ITF:
2.1.- Tratándose de Principales Contribuyentes, en los lugares fijados por la SUNAT para efectuar la declaración y pago de sus obligaciones tributarias o a través de SUNAT Virtual.
2.2.- Tratándose de Medianos y Pequeños Contribuyentes, en las sucursales o agencias bancarias autorizadas a recibir los mencionados formularios y pagos o a través de SUNAT Virtual.
Nota: Si el importe total a pagar de la Declaración fuese igual a cero (0), esta debe ser presentada solamente a través de SUNAT Virtual.
La presnetación de la DJ empelando los PDT N.os 669 y 670 podrá realizarse desde:
a. El 2 de enero de 2012, a través de SUNAT Operaciones en Línea.
b. El 9 de enero de 2012, en las sucursales o agencias bancarias autorizadas a recibir tales formularios.
c. La presentación del Formulario Virtual N.° 669 – Simplificado Renta Anual 2011 – Persona Natural podrá realizarse desde el 15 de febrero de2012, a través de SUNAT Virtual.
3. Pazo para presentar la declaración y efectuar el pago de regularización del impuesto y del ITF:
ULTIMO DIGITO
FECHA DE VENCIMIENTO
26.03.2012
09
27.03.2012
0
28.03.2012
1
29.03.2012
2
30.03.2012
3
02.04.2012
4
03.04.2012
5
04.04.2012
6
09.04.2012
7
10.04.2012
8
4. Periodo y Códigos a emplear:
4. Periodo y Códigos a emplear:
a. El periodo a consignar es: 12/2011
b. Los códigos a utilizar:- Para rentas de primera categoría: Código 3072 – Regularización Rentas de primera categoría.
- Para rentas de segunda categoría originadas en la enajenación de los bienes a que se refiere el inciso a) del artículo 2° dela Ley: Código 3074 – Regularización Rentas de Segunda Categoría.
- Para rentas del trabajo: Código 3073 – Regularización Rentas del Trabajo.
- Para rentas de tercera categoría: Código 3081 – Regularización Tercera Categoría.


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