miércoles, 30 de diciembre de 2009

Seguro social para desempleados

Seguro social para desempleadosEl Gobierno decidió asimismo ampliar temporalmente el período de acceso a servicios de seguridad social en salud para desempleados, mediante la Ley Nº 29353. La referida norma precisó que los afiliados regulares que hubieran sido cesados o cuyos contratos de trabajo hubieran sido suspendidos de manera perfecta durante el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2009 y el 31 de julio de 2010, inclusive, tienen derecho a las prestaciones de prevención, promoción y atención de la salud, siempre que cuenten con un periodo de aportación no menor de cinco meses de los últimos tres años precedentes al cese o suspensión. Otra norma de interés correspondió a la Ley Nº 29409, la cual concede el derecho de licencia por paternidad a los trabajadores de la actividad pública y privada. El referido precepto legal precisó que (i) la licencia es otorgada por el empleador por cuatro días hábiles consecutivos, (ii) el inicio de la licencia será en la oportunidad en que el trabajador indique, comprendida entre la fecha de nacimiento del nuevo hijo o hija y la fecha en que la madre o el hijo o hija sean dados de alta por el centro médico respectivo, (iii) el trabajador debe comunicar al empleador, con una anticipación no menor de 15 días naturales, respecto de la fecha probable de parto y (iv) el beneficio concedido es de carácter irrenunciable y no puede ser cambiado o sustituido por pago en efectivo u otro beneficio.